El artículo 3 de la referida ley señala que los afiliados del SNP tienen derecho a acceder a una pensión de jubilación proporcional especial en el SNP, de acuerdo a las siguientes condiciones:
a) Los que tengan como mínimo sesenta y cinco (65) años de edad y cumplan con acreditar por lo menos diez (10) años de aportes y no lleguen a quince (15) años de aportes, tienen derecho a una pensión de jubilación de hasta s/250, doce veces al año.
b) Los que tengan como mínimo sesenta y cinco (65) años de edad y cumplan con acreditar por lo menos quince (15) años de aportes y no lleguen a veinte (20) años de aportes, tienen derecho a una pensión de jubilación de hasta S/ 350, también 12 veces al año.
Como se sabe, en la SNP para acceder a una pensión, el requisito era hasta ahora contar con 20 años de aportes al sistema previsional de la Ley 19990.

Pensión para mayores de 50 años
La ley dispone además una pensión adelantada para los trabajadores que tengan 50 años de edad y 25 años de aportes cuando menos, siempre que cumplan con los requisitos, entre ellos el cese de actividades.
En este caso, la remuneración de referencia es igual al promedio mensual que resulte de dividir entre sesenta (60), el total de remuneraciones efectivas o ingresos asegurables, percibidos por el afiliado durante los últimos sesenta (60) meses anteriores al último mes de aporte.